Approval Consultores S.C.
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Desarrollo de Normatividad Aplicable por Secretaría del Trabajo y Previsión social (STPS) a los centros de Trabajo.

La seguridad e higiene en el trabajo (SH) también conocida como seguridad y la salud en el trabajo (SST) es una disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo. La salud en el trabajo conlleva la promoción y el mantenimiento del más alto grado de salud física y mental y de bienestar de los trabajadores en todas las ocupaciones. En este contexto, la anticipación, el reconocimiento, la evaluación y el control de los peligros que surgen en el centro de trabajo y que pudieran poner en peligro la salud y el bienestar de los trabajadores son los principios fundamentales del proceso que rige la evaluación y gestión de los riesgos. 

 

Una práctica sana en la actividad empresarial debe ser la de analizar el costo/beneficio en cada una de las actividades que se propongan dentro del sistema, la seguridad y la higiene en el trabajo tienen esta característica, efectivamente conllevan un costo, minimizado por los propios recursos existentes en la empresa, y una serie de beneficios que terminarán incrementando nuestra capacidad competitiva, mencionemos solamente algunos de ellos:

 

"Algunos Beneficios por implementar un programa de Seguridad e Higiene":

  • Disminuyo pérdidas por accidentes.
  • Bajo el índice de siniestralidad.
  • Reduzco la rotación de personal.
  • Gasto menos en capacitación.
  • Pago menos por riesgos y primas.
  • Tengo menos emergencia.
  • Paro menos mi producción.
  • Fortalezco legalmente mi establecimiento.
  • Evito sanciones de las Autoridades.
  • Refuerzo mi clima laboral.

¿COMO DOY CUMPLIMIENTO A MI NORMATIVIDAD EN MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE ANTE STPS?

DESARROLLO DE NORMATIVIDAD

NOM-001-STPS-2008 EDIFICIOS, LOCALES, INSTALACIONES Y ÁREAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

 

1.- Programa anual de mantenimiento preventivo o correctivo del sistema de ventilación artificial

2.- Constancia documental de que proporcionó información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realizan sus actividades en el centro de trabajo, incluidas las destinadas para el servicio de los trabajadores

3.- Registros de los resultados de las verificaciones oculares en bitácoras, medios magnéticos o en las actas de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene.

4.- Registros de resultados de las verificaciones oculares realizadas posteriormente a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo.

5.- Registros anuales en bitácoras de los resultados de la ejecución del programa de mantenimiento preventivo o correctivo del sistema de ventilación artificial.

NOM-002-STPS-2010 CONDICIONES DE SEGURIDAD - PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

1.- Estudio para la clasificación del riesgo de incendio del centro de trabajo o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles.

2.- Croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores.

3.- Instrucciones de seguridad para la prevención y protección de incendios aplicables en cada área del centro trabajo al alcance de los trabajadores y supervisión de cumplimiento.

4.- Plan de atención de emergencias de incendio.

5.- Registro que acredite que se desarrollan simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, y al menos dos veces al año para aquellos con riesgo de incendio.

6.- Documento que acredite que cuenta con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto.

7.- Documento que acredite que se capacitó a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en el programa de capacitación anual teórico-práctico, en materia de prevención de incendios y atención de emergencias.

NOM-004-STPS-1999 SISTEMAS DE PROTECCIÓN Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN LA MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILICE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

 

1.- Estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria y equipo, considerando un inventario de todos los factores y condiciones peligrosas que afecten a la salud del trabajador.

 

2.- Programa específico de seguridad e higiene para la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo.

 

3.- Manual de primeros auxilios en el que se definan los procedimientos para la atención de emergencias.

 

4.- Documento que acredite que se capacita a los trabajadores para la atención de emergencias.

 

5.- Documento que acredite que se capacita a los trabajadores para la operación segura de la maquinaria y equipo.

NOM-005-STPS-1998 RELATIVA A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO PARA EL MANEJO, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS

 

1.- Estudio actualizado del análisis de los riesgos potenciales de las sustancias químicas peligrosas.

 

2.- Programa especifico de Seguridad e Higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

 

3.- Procedimiento de autorización para realizar actividades peligrosas en el centro de trabajo.

4.- Manual de primeros auxilios para la atención de emergencias médicas, elaborado de los resultados de estudio del riesgo potencial en las sustancias químicas peligrosas.

 

5.- Constancias de  adiestramiento y capacitación continua a los trabajadores sobre el Programa Específico de Seguridad e Higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

NOM-006-STPS-2014 MANEJO Y ALMACENAMIENTO DE MATERIALES-CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

1.- Programa específico para la revisión y mantenimiento de la maquinaria y equipos empleados para el manejo y almacenamiento de materiales.

2.- Programa específico para la revisión y mantenimiento de la maquinaria, conforme a las recomendaciones que al respecto señale el fabricante, así como en las condiciones de operación -tiempo e intensidad de uso-, y del ambiente, a las que se encuentra sometida.

3.- Programa de mantenimiento para los elementos estructurales, estantes o plataformas que se utilicen para el almacenamiento de materiales.

4.- Programa para efectuar la vigilancia a la salud de los trabajadores, a trabajadores que realizan actividades de manejo y almacenamiento de materiales en forma manual, expuestos a sobreesfuerzo muscular o postural.

5.- Programa para efectuar la vigilancia a la salud de los trabajadores que llevan a cabo el manejo y almacenamiento de materiales, expuestos a sobreesfuerzo muscular o postural.

6.- Procedimientos para la instalación, operación y mantenimiento de la maquinaria utilizada en el manejo y almacenamiento de materiales y para la atención a emergencias que ocurran durante su uso.

7.- Procedimientos para las actividades de manejo y almacenamiento de materiales en el centro de trabajo mediante el uso de maquinaria, con procedimientos de seguridad para su instalación, operación y mantenimiento.

8.- Procedimientos de seguridad para su instalación, operación y mantenimiento, en las actividades de manejo y almacenamiento de materiales en el centro de trabajo mediante el uso de maquinaria, de acuerdo con los manuales, instructivos o recomendaciones del fabricante o proveedor.

9.- Procedimientos para la instalación de la maquinaria empleada en el manejo y almacenamiento de materiales en el centro de trabajo.

10.- Procedimientos de seguridad para la operación de la maquinaria utilizada en el manejo y almacenamiento de materiales.

11.- Procedimientos de seguridad para la revisión y mantenimiento de la maquinaria utilizada en el manejo y almacenamiento de materiales.

12.- Procedimiento general para la atención a emergencias por el manejo y almacenamiento de materiales.

 . . . Hasta los 64 puntos totales comprendidos por esta Norma.

NOM-009-STPS-2011 CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA

1.- Análisis de las condiciones prevalecientes en las áreas en las que se llevarán a cabo los trabajos en altura, en forma previa a su realización, a fin de identificar los factores de riesgo existentes.

 

2.- Instructivos, manuales o procedimientos para la instalación, operación y mantenimiento de los sistemas o equipos utilizados en los trabajos en altura, redactados en idioma español, con base en las instrucciones del fabricante.

 

3.- Plan de atención a emergencias derivado de ejecución de trabajos en altura, conforme lo establecido en la norma.

 

4.- Documento que acredie que se supervisa que los contratistas cumplan con lo establecido en la  Norma, cuando el patrón convenga los servicios de terceros para realizar trabajos en altura.

 

5.- Autorización por escrito de los trabajadores que realiza trabajos en altura, a través de andamios tipo torre o estructura, andamios suspendidos y plataformas de elevación.

 

6.- Autorización del personal capacitado para realizar las reparaciones en los sistemas personales para interrumpir caídas de altura, de acuerdo con las indicaciones del fabricante.

NOM-010-STPS-1999 CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN, TRANSPORTEN, PROCESEN O ALMACENEN SUSTANCIAS QUÍMICAS CAPACES DE GENERAR CONTAMINACIÓN EN EL MEDIO AMBIENTE LABORAL

 1.- Estudio de los contaminantes del medio ambiente laboral que incluya el reconocimiento y la evaluación para prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores; efectuado a través de los laboratorios acreditados y aprobados.

2.- Programa de control, cuando el valor de referencia es mayor a la unidad, que incluya medidas previstas por la Norma.

3.- Que se establezcan acciones inmediatas para no exponer a los trabajadores a concentraciones superiores a los límites máximos permisibles del Apéndice I, en tanto se aplican las medidas de control correspondientes

4.- Exámenes médicos específicos por cada contaminante a cada trabajador expuesto al menos una vez cada doce meses.

5.- Documento que acredite que se capacita a los trabajadores expuestos a los contaminantes del medio ambiente laboral, con base en el riesgo potencial a la salud, y las medidas preventivas y de control aplicables.

6.- Hojas de campo para cada área o trabajador y cada contaminante del medio ambiente laboral.

NOM-011-STPS-2001 CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE GENERE RUIDO

 1.- Estudio de los contaminantes del medio ambiente laboral que incluya el reconocimiento y la evaluación para prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores; efectuado a través de los laboratorios acreditados y aprobados.

2.- Programa de control, cuando el valor de referencia es mayor a la unidad, que incluya medidas previstas por la Norma.

3.- Que se establezcan acciones inmediatas para no exponer a los trabajadores a concentraciones superiores a los límites máximos permisibles del Apéndice I, en tanto se aplican las medidas de control correspondientes

4.- Exámenes médicos específicos por cada contaminante a cada trabajador expuesto al menos una vez cada doce meses.

5.- Documento que acredite que se capacita a los trabajadores expuestos a los contaminantes del medio ambiente laboral, con base en el riesgo potencial a la salud, y las medidas preventivas y de control aplicables.

6.- Hojas de campo para cada área o trabajador y cada contaminante del medio ambiente laboral.

NOM-015-STPS-2001 CONDICIONES TÉRMICAS ELEVADAS O ABATIDAS - CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

 

1.- Reconocimiento y evaluación  de las temperaturas extremas elevadas y/o abatidas a las que se encuentran expuestos los trabajadores; efectuado a través de laboratorios acreditados y aprobados.

2.- Medidas de control cuando el resultado de la evaluación de las condiciones extremas elevadas o abatidas, indiquen que la exposición de los trabajadores excede los límites máximos permisibles de exposición.

3.- Documento que acredite que se informo a los trabajadores de los riesgos por exposición a temperaturas extremas (constancias de habilidades laborales, circulares, folletos, carteles u opiniones de los trabajadores).

4.- Documento que acredite que está capacitado y adiestrado el personal ocupacionalmente expuesto en materia de seguridad e higiene respecto a las condiciones de temperaturas extremas a que está expuesto.

5.- Registro por escrito las medidas de control y las medidas preventivas inmediatas.

NOM-017-STPS-2008 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL - SELECCIÓN, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO

1.- Análisis de los Riesgos a que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo o área del centro de trabajo para la selección y uso del Equipo de Protección Personal.

2.- Documento que acredite que se comunicó a los trabajadores del centro de trabajo de  los riesgos de trabajo a los que están expuestos tomando como base el resultado del análisis de riesgos.

3.- Documento que acredite que se comunica al contratista de los riesgos y las reglas de seguirdad del área en donde se desarrollarán sus actividades.

4.- Constancias de habilidades del personal capacitado y adiestrado para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal, con base en las indicaciones, instrucciones o procedimientos del fabricante.

5.- Registro actualizado de  la información derivada de la identificación y análisis de los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral.

6.- Verificar que el Equipo de Protección Personal cuenta con la certificación emitida por un organismo de certificación o con la garantía del fabricante, de que protege contra los riesgos para los que fue producido

7.- Registros sobre el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal.

NOM-018-STPS-2015, SISTEMA ARMONIZADO PARA LA IDENTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO

1.- Documento que especifique el uso del equipo de protección personal.

 

2.- Hojas de datos de seguridad para todas las sustancias químicas peligrosas que se utilizan en el centro de trabajo.

 

3.- Documento que acredite que los trabajadores y el personal de los contratistas expuestos a sustancias químicas peligrosas, están informados de los peligros y riesgos de acuerdo con el sistema de identificación y comunicación de peligros establecido.

 

4.- Constancias de capacitación y adiestramiento de los trabajadores que manejan sustancias químicas peligrosas sobre el sistema de identificación y comunicación de peligros, cada vez que se emplea una nueva sustancia, se modifica el proceso, o al menos una vez al año.

 

5.- Registro actualizado de los trabajadores y el personal de los contratistas que han sido informados sobre el sistema de identificación y comunicación de peligros por la exposición a sustancias químicas peligrosas.

NOM-019-STPS-2011 CONSTITUCIÓN, INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

 

1.- Documento que acredite que se encuentra constituida e integrada al menos una comisión de seguridad e higiene en su centro de trabajo.

2.- Acta de constitución de la comisión del centro de trabajo, y de sus actualizaciones, cuando se modifique su integración.

3.- Programa  de los recorridos de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene y actas.

4.- Documento que acredite que cuenta con un coordinador responsable de llevar a cabo las funciones que establece la norma.

5.- Documento que acredite que cuenta con un secretario responsable de llevar a cabo las funciones que establece la norma.

6.- Actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión del centro de trabajo.

7.- Actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión.

8.- Documento que acredite que se capacita, al menos una vez al año, a los integrantes de la Comisión de Seguridad e Higiene para el adecuado ejercicio de sus funciones, con base en el programa que para tal efecto se elabore.

9.- Documento que acredite que se proporciona un curso de inducción cuando se incorpora a un nuevo integrante o integrantes a la comisión.

NOM-020-STPS-2011 RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN, RECIPIENTES CRIOGÉNICOS Y GENERADORES DE VAPOR O CALDERAS 

 

1.- Listado actualizado de los equipos que se encuentren instalados en el centro de trabajo.

2.- Expediente de cada equipo clasificado en la Categoría I, instalado en el centro de trabajo.

3.- Programa de revisión y calibración a los instrumentos de control y dispositivos de relevo de presión de los equipos, así como el registro de la calibración de los mismos.

4.- Procedimientos de operación, revisión y mantenimiento de los equipos, en idioma español.

5.- Documento que acredite que se capacita al personal que realiza actividades de operación, mantenimiento, reparación y pruebas de presión o exámenes no destructivos a equipos clasificados.

6.- Aviso a la Secretaría de que los equipos que funcionen en su centro de trabajo.

7.- Registros de operación de los equipos instalados en el centro de trabajo,.

 

NOM-022-STPS-2008 ELECTRICIDAD ESTÁTICA EN LOS CENTROS DE TRABAJO

1.- Registros de los valores de resistencia de la red de puesta a tierra, y la continuidad en los puntos de conexión a tierra en el equipo que pueda generar o almacenar electricidad estática.

2.- Documento que acredite que proporciona capacitación y adiestramiento a los trabajadores que estén en riesgo de exposición con elementos susceptibles de ser cargados electrostáticamente o de acumular electricidad estática.

3.- Documento que acredite que se informa a todos los trabajadores y la Comisión de Seguridad e Higiene sobre los riesgos que representa el contacto con la electricidad estática y la manera de evitarlos.

4.- Registro de los valores de resistencia de la red de puesta a tierra al menos cada doce meses o cuando en el inmueble se realizan modificaciones que afectan las condiciones de operación del sistema de puesta a tierra o del sistema de pararrayos.

5.- Registro de la humedad relativa al menos cada doce meses en aquellos casos donde no representa un riesgo, pero es un factor de acumulación de electricidad estática.

NOM-024-STPS-2001 VIBRACIONES - CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE 

 

1.- Programa específico para la prevención de alteraciones a la salud por la exposición a vibraciones, que contenga al menos, el reconocimiento  de las áreas, puestos y procesos de trabajo en los cuales se encuentra el POE a vibraciones, efectuado a través de los laboratorios acreditados y aprobados;  la evaluación de los Niveles de Exposición a Vibraciones, al personal ocupacionalmente expuesto, efectuado a través de los laboratorios acreditados y aprobados y las medidas de control  adoptadas cuando el NEV supere los límites establecidos, de tal manera que el POE no se exponga a niveles de vibración superiores a los límites.

 

2.- Programa para la prevención de alteraciones a la salud del personal ocupacionalmente expuesto el reconocimiento.

 

NOM-025-STPS-2008 CONDICIONES DE ILUMINACIÓN EN LOS CENTROS DE TRABAJO 

 

1.- Programa específico de mantenimiento a luminarias y, en su caso, a los sistemas de iluminación de emergencia.

 

2.- Evaluación de los niveles de iluminación en las áreas o puestos de trabajo seleccionados  a partir de los registros del reconocimiento; efectuado a través de laboratorios acreditados y aprobados.

 

3.- Documento que acredite que se informa a los trabajadores sobre los riesgos que puede provocar el deslumbramiento o un deficiente nivel de iluminación en sus áreas o puestos de trabajo.

 

NOM-026-STPS-2008 COLORES Y SEÑALES DE SEGURIDAD E HIGIENE, E IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS POR FLUIDOS CONDUCIDOS EN TUBERÍAS

 

 

 

1.- Constancias de competencias o habilidades laborales de los trabajadores sobre la correcta interpretación de los elementos de señalización.

 

 

Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2008

 

NOM-027-STPS-2008 ACTIVIDADES DE SOLDADURA Y CORTE

 

1.- Análisis de riesgos potenciales para las actividades de soldadura y corte que se desarrollen en el centro de trabajo.

2.- Programa específico para la realización de actividades de soldadura y corte.

3.- Procedimientos de seguridad e higiene que deben ser aplicados por los trabajadores que desarrollan actividades de soldadura y corte.

4.- Procedimiento de autorización para los trabajadores que realizan actividades de soldadura y corte en espacios confinados, alturas, sótanos, subterráneos, áreas controladas con presencia de sustancias químicas o explosivas y aquéllas no designadas específicamente para estas actividades.

5.- Procedimientos que permitan brindar la atención a un posible accidentado durante las actividades de soldadura y corte.

6.- Procedimiento de rescate para actividades de soldadura y corte en el caso de que se realicen en alturas, sótanos, subterráneos, espacios confinados o recipientes donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos.

7.- Plan para la atención y traslado de las víctimas.

8.- Documento que acredite que se vigila a los trabajadores externos contratados para actividades de soldadura y corte para que cumplan con las medidas de seguridad previstas en la Norma.

9.- Exámenes médicos específicos cuando menos una vez cada doce meses a trabajadores que realicen actividades de soldadura y corte.

10.- Documento que acredite que se informa a los trabajadores que realizan actividades de soldadura y corte al menos dos veces al año sobre los riesgos a los que se exponen.

11.- Documento que acredite que se proporciona capacitación y adiestramiento por lo menos una vez por año a los trabajadores que desarrollan actividades de soldadura y corte, y al supervisor que vigila la aplicación de los procedimientos de seguridad.

12.- Documento que acredite que se  capacita y adiestra a los trabajadores para dar el mantenimiento preventivo y, en su caso, correctivo, al equipo y maquinaria utilizada en las actividades de soldadura y corte del centro de trabajo.

13.- Documento que acredite que se capacita a los trabajadores sobre el uso, mantenimiento y reemplazo del equipo de protección personal.

14.- Documento que acredite que se  capacita y adiestra al menos una vez por año al personal que se asigna para proporcionar los primeros auxilios.

15.- Autorizaciones  por escrito de los trabajadores que realizan actividades de soldadura y corte en áreas de riesgo como en espacios confinados, alturas, sótanos, subterráneos, áreas controladas con presencia de sustancias inflamables o explosivas y aquéllas no designadas específicamente para estas actividades.

16.- Autorizaciones por escrito de los trabajadores que dan el mantenimiento preventivo y, en su caso, correctivo, al equipo y maquinaria utilizada en las actividades de soldadura y corte del centro de trabajo.

 

 

 

NOM-028-STPS-2012 SISTEMA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO-SEGURIDAD EN LOS PROCESOS Y EQUIPOS CRÍTICOS QUE MANEJEN SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS

 

1.- Análisis de los Riesgos asociados a cada uno de los procesos y equipos críticos donde se manejen sustancias químicas peligrosas que puedan ocasionar accidentes mayores

2.- Programa para la realización de simulacros.

3.- Procedimiento para la investigación de accidentes mayores.

4.- Procedimiento para los trabajos que lleven a cabo contratistas.

5.- Política de seguridad y salud laboral en materia de administración de seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas en el centro de trabajo.

6.- Documento que acredite que cuenta con un sistema de administración de seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas.

7.- Documento que acredite que administra los riesgos de los procesos y equipos críticos.

NOM-029-STPS-2011 MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO - CONDICIONES DE SEGURIDAD

1.- Diagrama unifilar actualizado de la instalación eléctrica, con base en lo dispuesto por la NOM-001-SEDE-2005.

2.- Cuadro general de cargas instaladas por circuito derivado.

3.- Programa específico de revisión y conservación del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante utilizados para trabajos de mantenimiento eléctrico.

4.- Procedimientos para la revisión, conservación, almacenamiento y reemplazo del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante, utilizados en las actividades de mantenimiento de las instalaciones eléctricas.

5.- Procedimientos para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, resguardo y disposición final del equipo de protección personal, basados en la información del fabricante

6.- Plan de trabajo por cada actividad de mantenimiento de las instalaciones eléctricas.

7.- Plan de trabajo que determine los riesgos potenciales por cada actividad de mantenimiento de las instalaciones eléctricas.

8.- Procedimientos de seguridad para realizar las actividades de mantenimiento de las instalaciones eléctricas, en el centro de trabajo.

9.- Procedimientos para la selección y uso del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante.

10.- Procedimiento para la colocación del sistema de puesta a tierra temporal.

11.- Plan de atención a emergencias, disponible para su consulta y aplicación.

12.- Documento que acredite que se informa a los trabajadores que realizan actividades de mantenimiento de las instalaciones eléctricas, sobre los riesgos a los que están expuestos y de las medidas de seguridad que deben adoptar para la actividad a desarrollar.

13.- Documento que acredite que se autoriza por escrito a los trabajadores capacitados para realizar actividades de mantenimiento de las instalaciones eléctricas en altura, espacios confinados o subestaciones, líneas energizadas, así como a los que manejen partes vivas.

 

 

 

 

NOM-030-STPS-2009 SERVICIOS PREVENTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 

1.- Diagnóstico de seguridad y salud en el Trabajo.

2.- Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, con base en el Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo

3.- Relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, actualizada al menos una vez al año

4.- Designación por parte del patrón de un responsable de seguridad y salud en el trabajo interno o externo.

5.- Acreditar que se comunica a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores, el diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud y el contenido del programa de seguridad y salud en el trabajo o la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo.

6.- Constancias de habilidades laborales del personal de la empresa que forma parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, en las funciones y actividades correspondientes.

7.- Registros de los reportes de seguimiento de los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo.

 

 

 

 

 

 

 

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